Absurdos legislativos


Fuente: Eudaldo Báez Galib / ENDI



Recientemente se aprobó en la Cámara una pieza para crear la “Comisión de la Igualdad”, imitando al Plan Tennessee, forzando representación congresional (P. de la C. 876). Otra para “garantizarle a todos los ciudadanos americanos residentes en Puerto Rico a votar por el Presidente y Vicepresidente” (P. de la C. 851). Y otra para no pagar los salarios en la Universidad, por razón de la ya acabada huelga (P. de la C. 1089). Las tres están constitucionalmente enfermas.

En cuanto a esa Comisión de Igualdad, si fuera un ente no gubernamental, no habría impedimento. Pero al instituirse con fondos públicos riñe con la Sección 9, Cláusula VI, de la Constitución, que prohíbe la utilización de fondos públicos para actividades e instituciones que no sean del Estado, como el Plan Tennessee.

Y en cuanto al voto presidencial, está aún fresco en nuestra historia el intento de celebrarse aquí una elección presidencial, según la Ley de Elecciones Presidenciales del 2000, que luego de recorrer los tribunales federales y nuestro Tribunal Supremo, fue declarada inconstitucional. En lo federal, porque no existe para nosotros un derecho a ese voto y en nuestro Tribunal, además, porque ilegalmente utilizaba fondos públicos para fines partidistas.




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